El
origen de la cuestión venía determinado por el diferente trato que según el
turno en el que se participara (libre, promoción interna y discapacitados) se
establecía en las bases de la convocatoria en relación con el acceso. El turno
libre tenía un número máximo de opositores para pasar a la fase de concurso,
estableciéndose una nota de corte, al contrario que para el turno de
discapacitados y de promoción interna.
Mediante
auto de 3 de abril de 2017, la
Sala de lo Contencioso-Administrativo ha admitido el recurso
de casación interpuesto por la opositora al considerar que la cuestión reviste
interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia.